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lunes, 26 de septiembre de 2011

¿Qué se sabe sobre el Protocolo Río de Janeiro?

PROTOCOLO DE PAZ, AMISTAD Y LÍMITES ENTRE PERÚ Y ACUADOR

La frontera del Perú y Ecuador, que había quedado delimitada por el Protocolo de Paz, Amistad y Límites entre Perú y Ecuador, firmado en Río de Janeiro en 1942, no se terminó de ejecutar porque desde 1950 Ecuador se retiró de la Comisión Demarcadora.


Desde entonces, los gobiernos ecuatorianos sustentaron la tesis de la “inejecutabilidad” de dicho protocolo, por lo que faltaba demarcar un trecho de la frontera, en una extensión aproximada de 80 kilómetros, en la zona de la Cordillera del Cóndor.

Era una herida abierta en la frontera de ambos países y en las relaciones de sus pueblos y gobiernos.

Los conflictos no se dejaron esperar y la paz estuvo siempre en peligro, obstaculizando el desarrollo de ambos países y de toda la región sudamericana.

ANTECEDENTES DE LA FRONTERA PERÚ ECUADOR

LA SITUACIÓN TERRITORIAL ANTES DE 1942

1541: Durante dos siglos la actual selva ecuatoriana y peruana le perteneció al Perú: todos los territorios amazónicos que hoy ocupan el Perú y Ecuador, pertenecieron al Virreinato del Perú desde que son descubiertos por los españoles en 1541 hasta 1739 (durante 200 años) cuando se crea el Virreinato.

1739: Durante 63 años esa parte de la selva perteneció a la Gran Colombia: entre 1739 y 1802 esos territorios fueron traspasados a Nueva Granada (de la cual la Audiencia de Quito era tan sólo una provincia).

1802: El 15 de julio de 1802 esos territorios amazónicos vuelven al Perú gracias a la Real Cédula de 1802.

1830: En el mes de mayo de ese año, las provincias de Quito, Guayaquil, Cuenca y Loja se separan de la Gran Colombia y forman la República del Ecuador. “No intervinieron, pues, en la independencia y en la formación de la personalidad nacional de esa República ni fueron a participar en ellas Tumbes, Jaén y Maynas que entonces formaban parte pacíficamente del Perú” (J. Basadre).

1832: Se firma el primer Tratado Peruano Ecuatoriano que reconoce que Tumbes, Jaén y Maynas son peruanos. Lo firmaron Diego Noboa, por el Ecuador y José María de Pando, por el Perú. Por eso, se le menciona también como el Tratado Nobboa-Pando.

1841: Ecuador desconoce el Tratado de 1832 y retoma sus reclamos territoriales del Perú. Invoca el Tratado de 1829, que aparece como una reivindicación guerrera fundada en los derechos de una supuesta victoria sobre el Perú para fijar explícitamente la frontera peruano-ecuatoriana, anulando la cédula de 1802 y el Tratado de Noboa-Pando de 1832, llamado “proyecto” por ellos. La diplomacia ecuatoriana solicita públicamente “la reintegración de Jaén y Maynas, con parte de los departamentos de Piura y La Libertad”.

1853: El 26 de noviembre de ese año fue promulgada una ley por el gobierno ecuatoriano, según la cual se declaraba libre “la navegación de los ríos Chinchipe, Santiago, Morona, Pastaza, Curaray, Nancana, Napo, Putumayo y demás ríos ecuatorianos que descienden del Amazonas”. Esa actitud obligó a una protesta energética del gobierno peruano y la exhibición de la Real Cédula de 1802, que los ecuatorianos creían perdida en un incendio producido en los archivos de Lima.

1857-1860: Primera guerra ecuatoriano-peruana, originada por la decisión ecuatoriana de ofrecer territorio amazónico peruano como garantía a sus acreedores ingleses. Había sucedido que el 21 de setiembre de 1857 el presidente del Ecuador, general Francisco Robles, había cedido a empresarios británicos una cantidad de territorios como pago de una deuda pendiente. El Perú, a través de su plenipotenciario Cavero, observó que parte de Canelos (que comprendía las márgenes del río Bobonaza, desde su confluencia con el río Pastaza, hacia el occidente) le pertenecía “…por Real Cédula de 1802, por el principio de utipossidetis de 1810 y por la posesión continuada”. Como las protestas diplomáticas no prosperaron, en 1860 se produjo la invasión de Castilla a Guayaquil. Los plenipotenciarios Manuel Morales, del Perú, y Nicolás Estrada, del Ecuador, firmaron en Guayaquil el 25 de enero de 1860 el tratado de paz, amistad y alianza, conocido con el nombre Tratado de Mapasingue, que consta de 32 artículos. El 26 lo ratificó Ramón Castilla. En representación del gobierno de Guayas, lo hizo el general Guillermo Franco, que se había autoproclamado como Jefe Supremo del Gobierno del Ecuador. Sin embargo, el 8 de abril de 1861, el presidente ecuatoriano García Moreno declaró “insubsistente el tratado con el Perú”.

1887: Ecuador insistió en ceder a sus acreedores británicos el terreno que les había ofrecido en 1857. El canciller peruano César Chacaltana pidió la suspensión de ese arreglo y propuso el arbitraje del rey de España. Ecuador aceptó y se firmó el convenio Bonifaz-Espinoza, en Quito, el 1º de agosto de 1887. La Reina Regente de España, en nombre del Rey Alfonso XII, también aceptó participar como árbitro.

1888: Antes de que se pronuncie la Reina Regente de España, Ecuador propuso que se fijaran los límites con Perú teniendo en cuenta el Tratado de 1829. En mayo de 1889, el gobierno peruano designó a Arturo García como su representante para ese arreglo. Era una clara aceptación a la tesis ecuatoriana y una claudicación de los tradicionales planteamientos históricos del Perú. Las conversaciones entre Arturo García y Pablo Herrera, delegado ecuatoriano, se produjeron entre el 28 de octubre de 1888 y el dos de mayo de 1890, día en que se celebró el Tratado García-Herrera, que tuvo el carácter de “definitivo”. Según dicho tratado, el Perú retuvo a Tumbes y Jaén. Entregó a Ecuador gran parte de la Comandancia General de Maynas, incluyendo Canelos. Según el alegato peruano de 1906: “El Perú fue el arbitraje reclamando Canelos, la parte septentrional de Maynas y ahora hacía una transacción cediendo no solamente Canelos sino una gran parte de Maynas. Más le habría valido no decir una sola palabra de Canelos en 1858 ni en 1887”. Los defensores del Tratado García-Herrera, decían que en arbitraje el Perú ganaría esa zona pero, el Ecuador, sin Maynas, provocaría la guerra. Para ellos, la concesión significaba la paz. Puesto a debate en los Congresos, el Tratado García-Herrera ni siquiera fue aprobado por el Congreso ecuatoriano, en 1894. Por lo tanto, acordó autorizar a su gobierno a reabrir las negociaciones con el gobierno del Perú.

1908: Las partes acuerdan someterse al arbitraje del Rey de España, pero un año después Ecuador desiste y se frustra el laudo en 1910 porque, sabiendo los ecuatorianos que ese arbitraje no les era totalmente favorable, realizaron violentas manifestaciones contra las sedes diplomáticas del Perú en Quito y Guayaquil. Como la guerra parecía inminente, el rey de España prefirió inhibirse del arbitraje, aconsejando que el diferendo sea resuelto por el Tribunal Internacional de la Haya. El Perú aceptó esa iniciativa; en cambio, Ecuador la rechazó.

LA SITUACIÓN EN LOS ÚLTIMOS 60 AÑOS DEL SIGLO XX

RESUMEN CRONOLÓGICO

1937: Se reanudan los enfrentamientos armados en la frontera de ambos países y Ecuador insiste en reclamar territorio peruano.

1941: Se produce otra guerra, en la que paracaidistas deciden la victoria del Perú.

1942: Perú y Ecuador firman y ratifican “El Protocolo de Paz, Amistad y Límites de Río de Janeiro”. Que establece la frontera entre los dos países, garantizado por Argentina, Brasil, Chile y Estados Unidos.

1945: El árbitro brasileño Braz Dias de Aguiar resuelve los desacuerdos al demarcarse la frontera, según el Protocolo.

1950: Ecuador declara “inejecutable” la demarcación y suspende ese proceso de manera unilateral.

1960: Ecuador declara que el Protocolo de Río de Janeiro es “nulo”.

1981: Tropas peruanas y ecuatorianas combaten por primera vez en la Cordillera del Cóndor, en la zona del falso Paquisha, donde se habían infiltrado los ecuatorianos y de la que son desalojados por un operativo relámpago de las tropas peruanas.

1984: Se produce otro enfrentamiento militar que es resuelto por la vía diplomática.

1990: El presidente de Ecuador, Rodrigo Borja, afirma que el Protocolo es “inejecutable” y propone un arbitraje del Vaticano como solución del problema.

1991: El Presidente peruano, Alberto Fujimori, propone que en un perito del Papa termine de demarcar la frontera y le ofrece a Ecuador acceso al río Amazonas y zonas francas en esa región. Ocurre después un incidente fronterizo que termina con la firma de un Pacto de Caballeros entre los cancilleres de los dos países.

1992: El presidente Alberto Fujimori es el primer presidente peruano en visitar Ecuador. Posteriormente, realizó otras 3 visitas más hasta 1994.

1995: Se produce la guerra del Cenepa, que termina con la firma de Declaración de Paz de Itamaraty, en la que ambas partes se comprometen a resolver el problema por la vía pacífica.

1996: Se afirma el Acuerdo de Santiago, donde ambas partes acuerdan iniciar conversaciones para solucionar de manera “global y definitiva” su diferendo. Ecuador reconoce la validez del Protocolo.

1998: Se forman comisiones mixtas negociadoras que en cuatro meses aprueban propuestas de solución. La negociación se estanca a nivel político, ante lo cual Partes piden a los Garantes que den una fórmula de solución obligatoria y definitiva. Los Garantes emiten su opinión y de esa manera se pone punto final al diferendo fronterizo ecuatoriano-peruano.

APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO

APROBACIÓN POR EL CONGRESO PERUANO

El 26 de febrero de 1942, el Congreso peruano aprobó el “Protocolo de Río de Janeiro”, Por Resolución Legislativa Nº 9574, la que fue firmada por don Gerardo Balbuena, Presidente del Congreso, Alvaro de Bracamonte O., Senador Secretario del Congreso, y Manuel I. Cevallos Gálvez, Diputado Secretario del Congreso.

PROMULGACIÓN POR EL GOBIERNO PERUANO

Ese mismo día, el presidente del Perú, Dr. Manuel Prado Ugarteche, lo promulgó y mandó que se comunique, registre, publique y archive. Ese documento fue refrendado por Alfredo Solf y Muro, ministro de Relaciones Exteriones.

APROBACIÓN POR EL CONGRESO ECUATORIANO

Puesto a consideración del poder legislativo, el “Protocolo de Río de Janeiro”, fue aprobado en la Cámara de Senadores por 26 votos por el sí, 3 por el no y 5 abstenciones. En la Cámara de Diputados mereció 43 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones. El pronunciamiento favorable de ambas cámaras se produjo entre los días 26 y 27 de febrero de 1942. Fue elevado al poder ejecutivo por oficio Nº 77 del 27 de febrero de 1942.

PROMULGACIÓN POR EL GOBIERNO PERUANO

El presidente de la República del Ecuador, don C. A. Arroyo del Río, lo promulgó el día 28 de febrero. Fue refrendado por la firma del ministro de Relaciones Exteriores don J. Tobar Donoso.

Dicha Ley, en sus Artículo 1º dice: “Ratificase el Protocolo de Paz, Amistad y Límites entre el Ecuador y el Perú, firmado en Río de Janeiro el 29 de enero de 1942 entre los Plenipotenciarios de las dos Repúblicas”.

CANJE DE LOS INSTRUMENTOS DE RATIFICACIÓN

El canje de los instrumentos de ratificación del Protocolo de Río de Janeiro se realizó el 31 de marzo de 1942, en el Palacio Río Negro de la ciudad de Petrópolis, Brasil. A partir de ese día, El Protocolo de Paz, Amistad y Límites, entre Ecuador y Perú, entró en un pleno vigor y fue instrumento jurídico de carácter obligatorio para ambos países.

El presidente de los Estados Unidos de Brasil, Dr. Getulio Dornelles Vargas, presidió ese acto histórico donde los delegados de Ecuador y Perú intercambiaron los documentos jurídicos de sus poderes legislativo y ejecutivo, respectivamente, que aprobaban el Protocolo de Paz, Amistad y Límites del 29 de enero de 1942.

Firmaron: por el Perú, Jorge Prado; Ecuador, E. Arroyo; ambos, plenipotenciarios. Testigo y garantes: Getulio Vargas, presidente del Brasil; Jefferson Caffery, Estados Unidos; Mariano Fontecilla, Chile; David Traynor, Argentina; y Oswaldo Aranha, Brasil.



PROTOCOLO RIO DE JANEIRO

“Los Gobiernos del Perú y del Ecuador, deseando dar solución a la cuestión de límites, que por largo tiempo los separa, y que teniendo en consideración el ofrecimiento que les hicieron los Gobiernos de los Estados Unidos de América, de la República Argentina, de los Estados Unidos del Brasil y de Chile, de sus servicios amistosos para procurar una pronta y honrosa solución del problema, y movidos por el espíritu americanista que prevalece en la III Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores de las Repúblicas Americanas, han resuelto celebrar un Protocolo de Paz, Amistad y Límites en presencia de los Representantes de esos cuatro Gobiernos amigos. Para este fin intervienen los siguientes plenipotenciarios: Por la República del Perú, el señor doctor Julio Tobar Donoso, ministro de Relaciones Exteriores; los cuales, después de exhibidos los plenos y respectivos poderes de las Partes, y  habiéndolos encontrado en buena y debida forma, acordaron la suscripción del siguiente Protocolo:

ARTÍCULO PRIMERO

Los gobiernos del Ecuador y del Perú, afirman solemnemente su decidido propósito de mantener entre los dos pueblos relaciones de paz y amistad, de compresión y de buena voluntad, y de abstenerse, el uno respecto del otro de cualquier acto capaz de perturbar esas relaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO

El Gobierno del Perú, retirará, dentro del plazo de 15 días, a contar de esta fecha, sus fuerzas militares a la línea que se halla descrita en el Artículo VIII de este Protocolo.

ARTÍCULO TERCERO

Estados Unidos de América, Argentina, Brasil y Chile, cooperarán por medio de observadores militares a fin de ajustar a las circunstancias la desocupación y el retiro de tropas en los términos del Artículo anterior.

ARTÍCULO CUARTO

Las fuerzas militares de los dos países, quedarán en sus nuevas posiciones hasta la demarcación definitiva de la línea fronteriza. Hasta entonces, el Ecuador, tendrá solamente jurisdicción civil en las zonas que desocupará el Perú, que quedan en las mismas condiciones en que ha estado la zona desmilitarizada del Acta de Talara.

ARTÍCULO QUINTO

La gestión de Estados Unidos, Argentina, Brasil y Chile continuará hasta la demarcación definitiva de las fronteras entre el Perú y el Ecuador, quedando este Protocolo y su ejecución bajo la garantía de los cuatro países mencionados al comenzar este artículo.

ARTÍCULO SEXTO

El Ecuador gozará para la navegación en el Amazonas, y sus afluentes septentrionales de las mismas concesiones de que gozan el Brasil y Colombia, más aquellas que fueran convenidas en un Tratado de Comercio y Navegación destinado a facilitar la navegación libre y gratuita en los referidos ríos.

ARTÍCULO SÉPTIMO

Cualquier duda o desacuerdo que sugiere sobre la ejecución de este Protocolo será resuelto por las Partes con el concurso de los Representantes de Estados Unidos, la Argentina, Brasil y Chile, dentro del plazo más breve que sea posible.

ARTÍCULO OCTAVO

La línea de frontera será referida a los siguientes puntos:

a)      En el Occidente

1.- Boca de Capones, en el Océano;

2.- Río Zarumilla y Quebrada Balsami o Lajas;

3.- Río Puyango o Tumbes, hasta la Quebrada de Cazadores;

4.- Cazadores;

5.- Quebrada de Pilares y del Alamor hasta el Río Chira;

6.- Río Chira, aguas arriba;

7.- Ríos Macará, Calvas y Espíndola, aguas arriba, hasta los orígenes de este último en el Nudo de Sabanillas;

8.- Del Nudo de Sabanillas, hasta el Río Canchis;

9.- Río Canchis, en todo su curso, aguas abajo;

10.- Río Chinchipe, aguas abajo, hasta el punto en que recibe el Río San Francisco;

b)  En el Oriente

1.- De la Quebrada de San Francisco, el “divortium aquarum” entre el Río Zamora y el Río Santiago, hasta la confluencia del Río Santiago con el Yaupi;

2.- Una línea hasta la boca del Bobonaza en el Pastaza. Confluencia del Río Cunambo con el Pintoyacu en el Río Tigre;

3.- Boca del Cononaco en el Curaray, aguas abajo hasta Bellavista.

4.- Una línea hasta la boca del Yasuní en el Río Napo. Por el Napo, aguas abajo, hasta la boca de Aguarico;

5.- Por este, aguas arriba, hasta la confluencia del Río Lagartococha, o Zancudo con el Aguarico;

6.- El Río Lagatococha o Zancudo, aguas arriba, hasta sus orígenes, y de allí una recta que vaya a encontrar el Río Güepi, y por este hasta su desembocadura en el Putumayo, y por el Putumayo arriba hasta los límites del Ecuador y Colombia.



ARTÍCULO NOVENO

Queda entendido que la línea anteriormente descrita, será aceptada por el Perú y el Ecuador para la fijación, por los técnicos, en el terreno, de la frontera entre los dos países. Las Partes podrán sin embargo, al procederse a su trazado sobre el terreno, otorgarse las concesiones recíprocas que consideren convenientes a fin de ajustar la referida línea a la realidad geográfica. Dichas rectificaciones se efectuarán con la colaboración de Representantes de los Estados Unidos de América, República Argentina, Brasil y Chile.

Los Gobiernos del Perú y el Ecuador someterán el presente Protocolo a sus respectivos Congresos, debiendo obtenerse la aprobación correspondiente en un plazo no mayor de 30 días.

En fe de lo cual, los Plenipotenciarios arriba mencionados firman y sellan, en dos ejemplares en Castellano, en la ciudad de Río de Janeiro,  a la una hora del día veintinueve de enero del año  mil novecientos cuarenta y dos, el presente Protocolo, bajo los auspicios de su Excelencia el Señor Presidente del Brasil y en presencia de los Señores Ministros de Relaciones Exteriores de la República Argentina, Brasil y Chile y del Subsecretario de Estado de los Estados Unidos de América.

1 comentario:

  1. Cual ha sido el comentario de Mario Vargas Llosa sobre este diferendo limitrofe entre Ecuador y Peru de 1942.Favor devolverme su respuesta.

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